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Todas las ayudas para empresas, tanto las propias como las de otros organismos e instituciones
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328 días
AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO AUTÓNOMO. (NUEVAS ALTAS)
Continuo hasta agotamiento de fondos
Máximo 9.900 euros
Denominación:
Fomento del empleo autónomo - NUEVAS ALTAS
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Desde 6.000 euros hasta 9.900 euros
Ver cuantías según caso Publicación número 1386 del BORM número 69 de 24/03/2022
Beneficiario:
Aquellas personas desempleadas inscritas en el SEF que sean clasificables en cualquiera de los siguientes grupos:
- Mujeres.
- Personas con discapacidad o en situación de exclusión social.
- Hombres menores de 30 o con edad igual o superior a 45 años.
- Personas paradas de larga duración, de acuerdo con la definición indicada en el apartado 4 y 5 del Anexo I de la Orden de bases.
- Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital o Renta Mínima de Inserción.
- Mujeres víctima de violencia de género o personas víctimas de terrorismo.
Según esta última modificación, además de los autónomos individuales, los que formen parte de comunidades de bienes y sociedades civiles profesionales, y los que se incluyan en empresas sin personalidad jurídica también, pueden pedirlas los autónomos societarios de la SLU.
Gastos elegibles:
Inversiones en inmovilizado material e intangible directamente relacionados con la actividad subvencionada. Gasto mínimo 2.500 euros más IVA.
Inmovilizado material:
- Locales comerciales e industriales.
- Bienes de equipo, maquinaria, instalaciones, utillaje y mobiliario.
- Acondicionamiento y reforma de inmuebles necesarios para el ejercicio de la actividad, excepto cuando esta sea vivienda habitual (no se incluyen en esta excepción los bajos de las viviendas).
- Equipos para procesos de información.
- Vehículos industriales y comerciales siempre que quede acreditada su necesidad para la realización de la actividad.
- Locales comerciales e industriales.
• Inmovilizado intangible:
- Programas de ordenador, incluyéndose el desarrollo de páginas web.
- Aplicaciones de comercio electrónico.
- Inversiones en una marca.
- Canon de entrada por franquicia.
- Gastos de propiedad industrial o intelectual.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde la presentación de la solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social ( RETA)
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO