Ayudas y subvenciones

Camino de migas
Consulta las líneas de subvención que ayudarán a regar tu negocio para que crezca, extienda sus ramas y te dé buena sombra y grandes frutos.
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13 días
Hasta el 30 de septiembre 2025
Máximo 9.350 euros
Denominación:
Convocatoria de subvenciones de fomento de la contratación indefinida de la Región de Murcia año 2025
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La subvención se determinará en función de la duración de la jornada establecida en el contrato y del colectivo tal y como se indica en el artículo quinto de la convocatoria publicada el día 18 de marzo 2025. Facilitamos enlace para su consulta: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2025/numero/1267/pdf?id=834976
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas (incluidos autónomos) cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia.
Gastos elegibles:
Línea 1. Contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.
a) Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en la oficina de empleo correspondiente, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración. b) Se encuentren desarrollando prácticas no laborales. c) Mujeres víctimas de violencia de género o mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, mujeres en contextos de prostitución, personas víctimas de terrorismo, personas beneficiarias de la renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital, o personas en situación de riesgo de exclusión social, según el ANEXO I de esta convocatoria. d) Mujeres desempleadas, no ocupadas e inscritas en la oficina de empleo con hijos menores de 4 años.
Línea 2. Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años.
Línea 4. Conversión en indefinido del contrato formativo. Línea 5. Contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes.
Línea 7. Apoyo al “retorno talento”. Línea 8. Reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas
Serán subvencionables las contrataciones indefinidas y las transformaciones de contratos formativos en indefinidos que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria y se formalicen entre el 16 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025. Plazo general de la convocatoria se establece hasta el 30 de septiembre sin perjuicio del plazo individualizado sujeta a cada solicitud de ayuda. Consultar artículo octavo de la convocatoria.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO

13 días
Hasta el 30 de septiembre 2025
Máximo 40.000 euros
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
a) Subvención a fondo perdido de hasta el 30% de la inversión subvencionable, siendo necesario que la entidad solicitante disponga de fondos propios de una cuantía de al menos un 25% de la inversión subvencionable.
b) Subvención financiera de hasta el 50% del total de los intereses generados por el préstamo concedido por una entidad de crédito durante 2024 y 2025, destinado a la inversión subvencionable. Cuando el importe del préstamo fuera superior al importe de la inversión subvencionable, los intereses se calcularán de forma proporcional al importe de dicha inversión.
Las ayudas contempladas en los dos apartados anteriores serán compatibles entre sí, no pudiendo superar la suma de ambas el 50% del valor de la inversión subvencionable, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable; ni exceder de cuarenta mil euros (40.000.00 €) por entidad solicitante.
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
Gastos elegibles:
Inversiones, realizadas y pagadas desde el día 1 de octubre del año 2024, en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados
La subvención se calculará sobre las inversiones consideradas subvencionables del artículo 32 de la orden de bases reguladoras, realizadas a partir del 1 de octubre del año 2024 en una cuantía no inferior a doce mil euros (12.000,00 €) excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable.
Texto bases reguladoras: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2025/numero/2797/pdf?id=836845
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, OTROS

13 días
Hasta el 30 de septiembre 2025
Máximo 4.000 euros por socio
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Las aportaciones dinerarias realizadas por los socios trabajadores que incrementen el capital social escriturado de la empresa en cuantía no inferior a tres mil euros (3.000 euros), a partir del día 1 de octubre de 2024, desembolsado en su totalidad.
También será objeto de subvención la transmisión de aportaciones o participaciones cuando sea consecuencia de jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de su titular.
Como máximo se subvencionarán seis (6) socios trabajadores por empresa.
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.
Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia
Gastos elegibles:
Se subvencionará a las Empresas de Economía Social por cada socio trabajador que a partir del día 1 de octubre de 2024 realice aportaciones dinerarias que incrementen el capital social escriturado de la empresa en cuantía no inferior a tres mil euros (3.000,00 euros), debiendo estar desembolsado en su totalidad.
Se podrá conceder una ayuda por persona.
¿La ayuda a conceder será de hasta el 25% del capital suscrito y desembolsado por cada socio trabajador, y como máximo cuatro mil euros (4.000,00 euros) por socio trabajador
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO, OTROS

13 días
Hasta el 30 de septiembre 2025
Máximo 11.500 euros
Denominación:
Programas de fomento de la economía social: Programa 1. Empleo en cooperativas y sociedades laborales.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
1.- Si la aportación al capital del socio trabajador es igual o superior a 1.000 euros, las ayudas serán de:
a) 7.000 euros por cada socio trabajador incorporado a la sociedad. Si es mujer la cuantía será de 8.500 euros
b) 11.500 euros en el caso de personas con discapacidad.
c) 9.500 euros en el caso de persona con riesgo de exclusión del mercado de trabajo.
d) 10.000 euros por cada joven que este inscrito en el Registro de Garantía Juvenil.
2. Si la aportación al capital del socio trabajador es inferior a 1.000 euros, el importe de la subvención se calculará con la fórmula:
S = C x A/1000 (S = Subvención a conceder por cada nuevo socio trabajador incorporado. C = Subvención que corresponde al socio trabajador por pertenecer a un determinado colectivo .A = Capital suscrito por el socio trabajador por el cual se solicita subvención)
El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones será el de concurrencia competitiva.
Beneficiario:
Pymes de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en la Región de Murcia
Gastos elegibles:
La contratación, a partir del día 1 de octubre del año 2024, de socios trabajadores por tiempo indefinido y a jornada completa, siempre que en la fecha de iniciación de la prestación de trabajo en las mismas concurra alguna de las circunstancias:
a) Trabajadores por cuenta ajena de la sociedad, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre del año 2024, admitidos a partir de esa fecha como socios trabajadores.
b) Personas desempleadas, inscritas en cualquier Oficina de Colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre del año 2024.
c) Trabajadores por cuenta ajena de sociedades mercantiles, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre del año 2024, incorporados a partir de esa fecha como socios trabajadores de empresas de economía social surgidas de la transformación de la sociedad mercantil. En las sociedades mercantiles deben concurrir a la vez las siguientes situaciones económicas: Que existan pérdidas económicas en los dos últimos ejercicios anteriores a 2024 y que el importe neto de la cifra de negocios del último ejercicio sea como máximo el 70% a la registrada en el penúltimo ejercicio.
d) Jóvenes menores de 30 años desempleados, inscritos en cualquier oficina de colocación hasta la fecha de alta en el respondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre del ejercicio anterior al de la convocatoria, que se incorporen como socios trabajadores a partir del día 1 de octubre del año 2024
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO

13 días
30 de septiembre de 2025 (antes si se agotase el crédito presupuestario).
Máximo 30.000 euros
Denominación:
PROGRAMA DE APOYO A LOS DIGITAL INNOVATION HUBS (PADIH)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo equivalente de los servicios que reciba la pyme no podrá superar los 30.000 €.
Las ayudas en especie se concederán en régimen de concurrencia no competitiva.
El solicitante podrá presentar varias solicitudes hasta agotar el importe total de la subvención máxima posible por beneficiario, siempre y cuando se respete también el límite de importe máximo por tipo de servicio para el total de las solicitudes presentadas
Beneficiario:
Pymes válidamente constituidas con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, de cualquier sector productivo.
Gastos elegibles:
Este programa consiste en financiar a las pymes españolas los servicios que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas a través de entidades colaboradoras de los centros de la red EDIH:
- Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías (cuantía máxima 10.000 €)
- Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas (cuantía máxima 20.000 €)
- Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación (cuantía máxima 5.000 €)
Consultar metodología de gestión de esta subvención y listado de centros de la Red EDIH en el siguiente enlace:https://www.eoi.es/es/padih/plataforma
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, TICs