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Todas las ayudas para empresas, tanto las propias como las de otros organismos e instituciones
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AYUDAS PARA EL IMPULSO DE LA CADENA DE VALOR DE LA MICROELECTRÓNICA Y DE LOS SEMICONDUCTORES
Hasta el 15 de noviembre de 2024 (14:00 horas)
máximo 35 millones de euros
Denominación:
Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de Microelectrónica y Semiconductores (PERTE Chip)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Se aplican los siguientes límites e intensidades máximas de ayuda a los proyectos presentados:
Tipos de proyectos - Límites de Ayuda
¿Intensidades máximas de ayudas - (A) Empresas no pyme - (B)Medianas empresas- (C)Pequeñas empresas y microempresas
Proyectos de investigación industrial - 35 millones € - (A)Hasta el 50% - (B)Hasta el 60% - (C)Hasta el 70% del coste subvencionable del proyecto
Proyectos de desarrollo experimental - 25 millones € - (A)Hasta el 25% - (B)Hasta el 35% - (C)Hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto
Estudios de viabilidad - 25 millones € - (A) Hasta el 50% - (B)Hasta el 60% - (C)Hasta el 70% del coste subvencionable del proyecto.
Se establece un presupuesto financiable mínimo para cada proyecto de la convocatoria de la sección IPCEI de 1.000.000 euros.
Beneficiario:
Sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que no formen parte del sector público
26 - Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos
72.1 - Investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas
Esta convocatoria está destinada solamente a las entidades que sean participantes asociados, incluidos en el anexo II «Table of Associated Participants» de la Decisión C(2023) 3817 final, de 8 de junio, de la Comisión Europea, o participantes indirectos, que presenten un proyecto vinculado al proyecto de un participante directo incluido en dicha Decisión en las condiciones señaladas en el artículo 8.2.b) de la orden de bases ITU/1144/2024.
Gastos elegibles:
a) En los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental:1-Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar dedicados al proyecto. Podrán imputarse al proyecto gastos de personal con contrato laboral, personal autónomo socio de la empresa y personal autónomo económicamente dependiente. 2-Costes de instrumental y material (aparatos y equipos de producción).3-En el caso particular del material fungible, se aceptarán los costes siempre que puedan relacionarse directamente con alguna de las actividades del proyecto y se justifique adecuadamente en la solicitud. 4-Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. 5-Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Se excluyen de forma expresa los relacionados con cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada. 6-Gastos generales.se aplicará un porcentaje del 15% sobre los costes de personal válidamente justificados, sin necesidad de aportar justificantes de gasto.
b) En los estudios de viabilidad, son gastos subvencionables en los términos establecidos en el apartado anterior: (1º) los costes de personal; (3º) los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia; (4º) los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto; así como (5º) gastos generales.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
I+D, INDUSTRIA 4.0