Ayudas y subvenciones

Camino de migas
Consulta las líneas de subvención que ayudarán a regar tu negocio para que crezca, extienda sus ramas y te dé buena sombra y grandes frutos.
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Buscador de ayudas

113 días
Hasta el 31 de octubre 2025
2.920 euros
Denominación:
Programa de subvenciones "cuota cero ampliada"
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La cuantía individualizada consiste en la suma de las siguientes cantidades:
a. una ayuda al establecimiento inicial por cuenta propia de 1.000,00 €.
b. una ayuda para sufragar los gastos del mantenimiento de la actividad por cuenta propia, equivalente a la cuantía de la cuota reducida regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, multiplicada por 24, que para el año 2025 asciende a 80 €.
El pago se realizará por una solo vez y por transferencia bancaria
El plazo individualizado de presentación de solicitudes será de 1 mes, contado a partir de la fecha de alta en RETA
En el caso de altas en el RETA realizadas a partir del 1 de noviembre de 2024 y antes de la publicación de la convocatoria (21/02/2025), el plazo de solicitud será desde el 21/02/2025 hasta el 21/03/2025
Beneficiario:
1. Personas que causen alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
2. Personas que causen alta en RETA y no hayan estado en situación de alta en dicho régimen en los dos años inmediatamente anteriores.
3. Mujeres que habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo/a, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
Gastos elegibles:
La realización de una actividad económica en la Región de Murcia como autónomo a tiempo completo y que conlleve la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y además, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar desempleado como mínimo el día anterior antes del alta en RETA.
- Disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
- Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO

113 días
Hasta el 31 de octubre 2025 (11:00 horas)
Máximo 3.000 euros
Denominación:
Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados).
Ampliado plazo admisión solicitudes
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de tres mil euros (3.000 €).
Nota: Las entidades que obtuvieron la condición de beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, podrán solicitar la ampliación de 1.000 euros mediante una declaración de conformidad, a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Beneficiario:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Gastos elegibles:
12 meses de prestación de los siguientes servicios:
- Sitio web y presencia en internet 2.000 €
- Comercio electrónico 2.000 €
- Gestión de Redes Sociales 2.000 €
- Gestión de Clientes 2.000 € (incluye 1 usuario)
- Business Intelligence y Analítica 1.500 € (incluye 1 usuario)
- Gestión de Procesos 2.000 € (incluye 1 usuarios)
- Factura Electrónica 1.000 € (incluye 3 usuarios)
- Servicio y Herramientas de Ofician Virtual 250 € por usuario (hasta 2)
- Comunicaciones Seguras 125 € por usuario (hasta 2)
- Ciberseguridad 125 € por dispositivo (hasta 2)
- Presencia avanzada internet: 2.000€
- Marketplace: 2.000€
- Puesto de trabajo seguro: 1.000 (máximo un dispositivo)
- Documento informativo Puesto de Trabajo Seguro
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
Ampliar información: 900.909.001 - info@acelerapyme.gob.es
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
TICs

113 días
PROGRAMA KIT DIGITAL COMUNIDADES DE BINES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA
Hasta el 31 de octubre 2025
Máximo 12.000 euros
Denominación:
Ayudas destinadas a la digitalización de las CB, SC con objeto mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida (entre 0 y menos de 50 empleados)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €), seis mil euros (6.000 €) o tres mil euros (3.000 €), en función del Segmento al que pertenezca. Las entidades que obtuvieron la condición de beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, podrán solicitar la ampliación de 1.000 euros mediante una declaración de conformidad, a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Beneficiario:
Las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados), del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) y del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Gastos elegibles:
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital/soluciones-digitales
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
• Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras
• y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, TICs

148 días
Hasta el 5 diciembre 2025
Hasta 1.000 euros
Denominación:
Ayudas para proteger la propiedad industrial - Fondo para Pymes «Ideas Powered for business» 2025
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Protección de marcas, dibujos y modelos
-Reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, a escala de la UE.
-Reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, a escala nacional.
-Reembolso del 50 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, las tasas de designación y las tasas de designación posteriores fuera de la UE.
Las solicitudes serán resueltas por orden de llegada hasta agotar los fondos asignados a esta línea de ayuda.
Beneficiario:
Pequeñas y medianas empresas (pymes) establecidas en uno de los Estados miembros de la UE.
Gastos elegibles:
Son considerados gastos elegibles las tasas correspondientes a la protección de derechos de propiedad industrial (PI)
Nota: La protección de la propiedad industrial a través del Fondo para Pymes puede abarcar muchos activos diferentes, como marcas, diseños, patentes y variedades vegetales. Esta protección se convierte en una necesidad en la era digital ya que es una forma legal de evitar que sus ideas, productos o servicios únicos se copien o se utilicen sin permiso.
Para más información disponen de los siguientes canales de comunicación:
servicio gratuito de apoyo en materia de PI (apoyo gratuito personalizado en materia de propiedad intelectual) para las pymes que necesitan orientación a este respecto.
965 139 100.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, OTROS

166 días
Hasta el 23 de diciembre 2025
Máximo 10.000 euros
Denominación:
Ayudas INFO -Cheque para la profesionalización de la gestión de la empresa familiar
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad que será a tipo fijo del 70% sobre los costes elegibles.
Este % se incrementará en 15 puntos porcentuales para beneficiarios cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados la RIS4 Región de Murcia.
-Cuantía máxima de 5.000 € para pymes hasta 9 empleados.
-Cuantía máxima de 10.000 € par pymes con 10 o más empleados.
Para determinar el número de empleados se tendrá en cuenta la plantilla media del año natural anterior a la convocatoria y, en el caso de sociedades u otras personas jurídicas constituidas (o autónomos que inicien su actividad) en el año de la convocatoria, certificado de plantilla media desde la fecha de constitución o inicio de la actividad, según alta en el IAE, hasta la fecha de publicación de la convocatoria.
Beneficiario:
PYMES, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas, de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, que desarrollen las actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Se primarán aquellos proyectos presentados por solicitantes cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia, www.ris4regiondemurcia.es).
Gastos elegibles:
El Servicio subvencionado por este cheque es la elaboración del Protocolo Familiar, acuerdo marco de naturaleza jurídica compleja, que contiene elementos o pactos propios de distintos contratos y que sirven de norma a la que han de ajustarse otros pactos complementarios de carácter más concreto (estatutos, testamentos, etc).firmado entre familiares socios de una empresas actuales o previsibles en el futuro, con la finalidad de regular la organización y gestión de la misma, así como las relaciones entre familia, la empresa y sus propietarios, para dar continuidad a la empresa, de manera eficaz y con éxito, en la siguiente generación familiar. Los costes subvencionables serán los siguientes:
- Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos de estas bases reguladoras de subvenciones, contratados en su totalidad a proveedores externos para la prestación de los servicios de conformidad con lo previsto en el artículo 1. Se podrán incluir, asimismo, gastos de certificación en normas de calidad o similares de amplio reconocimiento para el servicio solicitado, y costes de investigación contractual destinados de manera exclusiva a actividades de investigación y desarrollo.
- Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles, aprobados, certificados y comprobados, de la letra anterior.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO, INFO, INNOVACIÓN