Ayudas y subvenciones

Camino de migas
Todas las ayudas para empresas, tanto las propias como las de otros organismos e instituciones
Todas las ayudas para empresas, tanto las propias como las de otros organismos e instituciones
Buscador de ayudas

3 días
Hasta el 9 de julio 2025
Máximo 80.000 euros
Denominación:
Programa de apoyo a las empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalables.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Intensidad máxima subvención se calculará en función de los costes elegibles y antigüedad de la empresa:
- Empresas Base tecnológica - hasta el 70%
- Empresas Innovadoras en tecnología- hasta el 60%
- Empresas con modelo de negocio innovador y escalable . hasta el 50%
Beneficiario:
Pequeñas empresas con forma societaria incluida cooperativas que cumplan los siguientes requisitos:
- que estén constituidas desde hace 4 años como máximo a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda
- que operen en el sector RIS4 Región de Murcia: https://www.ris4regiondemurcia.es/
- que sean empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalables
- que desarrollen actividades del proyecto subvencionado (proyecto de innovación de productos o proceso, inversión productiva, de digitalización o de comercialización e internacionalización) en un centro de trabajo en la Región de Murcia
Gastos elegibles:
- Costes de personal dedicado al proyecto objeto de subvención, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena.
- Gastos de colaboraciones externas directamente relacionados con el proyecto empresarial: investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, consultoría y servicios equivalentes, servicios de dirección y gestión estratégica del proyecto empresarial prestados por expertos externos, entre otros.
- Costes Indirectos: El 15% a tipo fijo de los costes de personal subvencionables.
- Costes de inversión en activos materiales: bienes de equipo nuevos vinculados con el proyecto empresarial (maquinaria, equipos de laboratorio y equipos informáticos).
- Costes de inversiones inmateriales: Costes relativos a licencias de software vinculados con el proyecto empresarial.
- Gastos de viajes de prospección y asistencia a eventos derivados de desplazamientos de la empresa directamente relacionados con el proyecto subvencionable.
El presupuesto de gasto subvencionable mínimo por proyecto será de 5.000 euros.
Los gastos elegibles ejecutados, es decir, realizados y pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, no podrán superar el 30% del presupuesto elegible total del proyecto.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

8 días
Hasta el 14 de julio 2025
Máximo 80.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas para fomentar la innovación mediante la transformación digital de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por FEDER
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
-Intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles aprobados.
-El importe máximo subvencionable del coste elegible "Adquisición de activos materiales" no podrá exceder el 50% del presupuesto subvencionable del proyecto, y en ningún caso superará el importe de 50.000 euros.
Beneficiario:
PYMES (autónomos y personas jurídicas), que desarrollen actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que estén encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
- Sección C Divisiones 10 a 33
- Sección D, E y F-Divisiones 35 a 43
- Sección H-Divisiones 49 a 52.
- Sección I-Divisiones 55 a 56.
- Sección J-Divisiones 58 a 63.
- Sección M-Divisiones 69 a 74
Gastos elegibles:
-Colaboraciones externas. Serán elegibles los costes de contratación de servicios informáticos, incluyendo los desarrollos a medida, su instalación; asesoramiento técnico específico; consultoría y diagnóstico TIC, así como los costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implantación del proyecto
-Inversiones inmateriales. Software relacionado con el desarrollo del proyecto de transformación digital: Licencias de software, excluyendo el software de propósito general como por ejemplo los sistemas operativos, aplicaciones monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
-Adquisición de activos materiales nuevos
-Coste del informe de auditoría de ciberseguridad. El importe máximo elegible de este coste no podrá superar los cinco mil euros.
-Costes indirectos. Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles
Importe mínimo del proyecto (costes elegibles) 70.000 euros.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

18 días
AYUDA INFO DIRIGIDA A FOMENTAR LA INNOVACIÓN Y EL EMPRENDIMIENTO. CATEGORÍA 1: INCUBADORAS DE EMPRESAS
Hasta el 24 de julio 2025
Máximo 550.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas dirigidas a fomentar la innovación y el emprendimiento.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 100%, y un importe máximo por beneficiario de 550.000 €
Beneficiario:
Fundaciones, asociaciones o empresas privadas, que cumplan la condición de PYME; que tengan entre sus actividades la incubación o aceleración de pymes innovadoras. Dichas entidades deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. deben estar radicadas y ejercer su actividad en la Región de Murcia, desarrollar una actividad no económica, de las previstas en el apartado de "actuaciones subvencionables" del Anexo 1
2..que tengan al menos dos años de experiencia en la incubación y aceleración de empresas ya sea en la Región de Murcia o a nivel nacional o internacional.
Categoría 1: Incubadoras de empresas, que deberán contar con instalaciones para el alojamiento físico de empresas, y prestar servicios básicos como agua, electricidad, teléfono e internet.
Gastos elegibles:
Gastos que estén directamente relacionados con la realización del proyecto o actividad subvencionada. Tendrán la consideración de costes elegibles los siguientes conceptos, sin perjuicio de que las respectivas convocatorias puedan excluir o limitar los mismos, o su cuantía:
- Se consideran costes de personal subvencionables los costes brutos del personal que desarrollen las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con el beneficiario diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena
- Los gastos de colaboraciones externas y consultorías cuando resulten necesarios y adecuados para el desarrollo de las actuaciones y/o proyectos propuestos, y no puedan ser llevados a cabo por medios personales propios del beneficiario
- Gastos de viajes, alojamientos, locomoción, y entradas a eventos, inequívocamente vinculados a algunas de las líneas de actuación no económicas aprobadas, con un máximo del 10% de los costes directos de personal subvencionables, siempre que se acrediten documentalmente en el momento de la presentación de la correspondiente cuenta justificativa. Se deberá justificar para cada viaje el interés en asistir al evento y su vinculación a las ayudas a los emprendedores y las empresas.
- Los costes indirectos calculados son arreglo al tipo fijo del 15% sobre los gastos directos de personal subvencionables.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

71 días
Desde el 8 julio hasta el 15 de septiembre 2025
Máximo 27.000 euros
Denominación:
Ayudas para la renovación del parque nacional de la maquinaria agrícola
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La cuantía de las subvenciones se calculará en función del tipo de maquinaria.
Se establecen tres líneas de ayudas, una solo para sembradoras de siembra directa, otra solo para componentes de agricultura de precisión y otra para el resto de las máquinas contempladas en la convocatoria. Consultar artículo 5 Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre
Las ayudas se concederán por riguroso orden de presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, hasta el agotamiento de los fondos disponibles
Beneficiario:
Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) regulado en el artículo 6 del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola, o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) previsto en el artículo 3 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, o, las cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, siempre que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, dos de dichas explotaciones
Gastos elegibles:
a)Tractores agrícolas.
b) Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de purines, equipos de manipulación y carga y trituradoras de residuos vegetales.
c) Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradoras directas, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna.
d) Componentes de agricultura de precisión para adaptación de equipos en la explotación: sensor NIR, sistema de autoguiado, sistema de adaptación de máquinas para trabajo variable y kit de adaptación ISOBUS
Más Información: ORDEN RENOVE 2025 (Versión 3)
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
AGRICULTURA/GANADERÍA/PESCA

86 días
Hasta el 30 de septiembre 2025
Máximo 9.350 euros
Denominación:
Convocatoria de subvenciones de fomento de la contratación indefinida de la Región de Murcia año 2025
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La subvención se determinará en función de la duración de la jornada establecida en el contrato y del colectivo tal y como se indica en el artículo quinto de la convocatoria publicada el día 18 de marzo 2025. Facilitamos enlace para su consulta: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2025/numero/1267/pdf?id=834976
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas (incluidos autónomos) cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia.
Gastos elegibles:
Línea 1. Contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.
a) Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en la oficina de empleo correspondiente, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración. b) Se encuentren desarrollando prácticas no laborales. c) Mujeres víctimas de violencia de género o mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, mujeres en contextos de prostitución, personas víctimas de terrorismo, personas beneficiarias de la renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital, o personas en situación de riesgo de exclusión social, según el ANEXO I de esta convocatoria. d) Mujeres desempleadas, no ocupadas e inscritas en la oficina de empleo con hijos menores de 4 años.
Línea 2. Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años.
Línea 4. Conversión en indefinido del contrato formativo. Línea 5. Contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes.
Línea 7. Apoyo al “retorno talento”. Línea 8. Reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas
Serán subvencionables las contrataciones indefinidas y las transformaciones de contratos formativos en indefinidos que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria y se formalicen entre el 16 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025. Plazo general de la convocatoria se establece hasta el 30 de septiembre sin perjuicio del plazo individualizado sujeta a cada solicitud de ayuda. Consultar artículo octavo de la convocatoria.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO