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Todas las ayudas para empresas, tanto las propias como las de otros organismos e instituciones
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PROGRAMA 3. INVERSIONES EN ECONOMÍA SOCIAL.
Hasta el 30 de septiembre 2024
Máximo 40.000 euros
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social: Programa 3º. Inversiones en Economía Social
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Las ayudas consistirán en:
a) Subvención a fondo perdido de hasta el 30% de la inversión subvencionable, siendo necesario que la entidad solicitante disponga de fondos propios de una cuantía de al menos un 25% de la inversión subvencionable.
b) Subvención financiera de hasta el 50% del total de los intereses generados por el préstamo concedido por una entidad de crédito durante 2023 y 2024, destinado a la inversión subvencionable.
Cuando el importe del préstamo fuera superior al importe de la inversión subvencionable, los intereses se calcularán de forma proporcional al importe de dicha inversión.
Las ayudas contempladas en el apartado anterior serán compatibles entre sí, no pudiendo superar la suma de ambas el 50% del valor de la inversión subvencionable, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable; ni los cuarenta mil euros (40.000.00 €) por entidad solicitante.
La subvención se calculará sobre las inversiones consideradas subvencionables del artículo 32 de la orden de bases reguladoras, realizadas a partir del 1 de octubre del año 2023 en una cuantía no inferior a doce mil euros (12.000 €) excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable.
Por este Programa no se subvencionarán más de dos préstamos por empresa.
No serán subvencionadas las inversiones realizadas por la entidad solicitante cuando ésta sea socia de la entidad proveedora.
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
Gastos elegibles:
Inversiones, realizadas y pagadas desde el día 1 de octubre del año 2023, en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados. Si la mayoría de los socios trabajadores provienen de un expediente de regulación de empleo el proveedor podrá ser la empresa afectada por dicha regulación, en cuyo caso la actividad económica podrá ser distinta a la venta de bienes usados.
Financiar los intereses generados por los préstamos concedidos por entidades de crédito destinados a la inversión subvencionable.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, OTROS, TICs, TURISMO