Ayudas y subvenciones
Consulta las líneas de subvención que ayudarán a regar tu negocio para que crezca, extienda sus ramas y te dé buena sombra y grandes frutos.
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Camino de migas
5 días
Hasta el 11 de junio 2026
Subvención máxima 20.000 euros
Denominación:
Ayudas a Salas de Conciertos de Música en Vivo de la Región de Murcia edición 2026
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La ayuda concedida por beneficiario no podrá superar el 80% del coste total del proyecto. A tal efecto se tomará como referencia el desglose de gastos de la memoria/presupuesto que se presente junto con la solicitud.
Para la determinación del importe de la ayuda se aplicará un sistema de reparto, en virtud del cual la dotación económica global establecida podrá distribuirse en orden a la prelación en la puntuación que hubiera obtenido cada proyecto en la fase de valoración conforme a los criterios establecidos, siendo el proyecto mejor valorado el que reciba el 100% de lo solicitado y con los límites establecidos en el presente artículo. 20.000 euros por beneficiario.
La ayuda concedida por beneficiario no podrá superar el 80% del coste total del proyecto. A tal efecto se tomará como referencia el desglose de gastos de la memoria/presupuesto que se presente junto con la solicitud.
Beneficiario:
Profesionales o sociedades con domicilio social y fiscal en la Región de Murcia que gestionen Salas de Conciertos o Música en Vivo ubicadas en la Región de Murcia dados de alta en algunos de estos epígrafes del impuesto de actividades económicas (IAE): 965.1 – Espectáculos en salas y locales 965.4 – Empresas de espectáculos.
Durante los años 2024 y 2025, las salas de localidades de menos de 100.000 habitantes deben de haber llevado a cabo una programación musical profesional integrada por un mínimo de 40 conciertos, y en las localidades con más de 100.000 habitantes haber organizado al menos 60 conciertos; y que en ambos casos al menos el 70% de los conciertos celebrados al año haya sido objeto de venta de entradas.
Gastos elegibles:
Caché de los artistas. - Derechos de autor. - Promoción y publicidad del evento. - Gastos de producción
Personal contratado específicamente para el desarrollo de cada uno de los conciertos programados.
Gastos derivados del alojamiento de los artistas, máximo 2 noches.-Gastos abonados en efectivo hasta un máximo de 1.000,00€ justificados mediante la aportación de tiques de compra o facturas simplificadas (no recibís) con sello o firma de confirmación de pago. - Gastos derivados de la justificación mediante aportación de informe auditor para los supuestos que establezca el artículo 18 de la presente resolución.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
OTROS
25 días
Hasta el 1 de julio 2026
Denominación:
Instrumentos financieros del Instituto de Crédito Oficial
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
-El valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión objeto de financiación
-Plazo de amortización: superior a 5 años y hasta 10 años, incluidos hasta 2 de carencia del principal.
-Importe: desde 50.000 € y sin límite superior (a determinar por ICO según la capacidad de repago del cliente)
-Comisión de apertura del 0,5% sobre el importe formalizado.
-Comisión por cancelación anticipada del 0,5% del importe reembolsado, salvo que ésta se produzca por incumplimiento del beneficiario en cuyo caso la comisión a aplicar será del 1%.
-Bonificación de 100 puntos básicos sobre el tipo de interés de mercado.
-Con carácter general, el tipo de interés de mercado será el Euribor a un año (con límite inferior 0%) + 1,75%.
-Tramo no reembolsable de hasta el 30% del valor nominal, si el proyecto se materializa en gastos concretos vinculados a la internacionalización (por ejemplo, asesoramiento de ICEX o participación en ferias internacionales).El TNR se utiliza para amortizar por adelantado las últimas cuotas del préstamo.
Beneficiario:
Pymes con actividad internacional significativa: importación o exportación >5% de la cifra neta de negocios, con una antigüedad mínima de 4 años
Gastos elegibles:
Son gastos financiables elegibles aquellos que consistan o bien en la adquisición de activos tangibles, intangibles o financieros, o bien en el sostenimiento del capital circulante por importe no superior al 30% de la inversión, siempre que se hayan adquirido o, en su caso, iniciado su realización, hasta 12 meses antes de la solicitud de financiación, sin perjuicio de que en virtud del marco concreto de ayudas aplicable a cada proyecto, el ICO requiera que la realización de la actividad se produzca con posterioridad a la solicitud de financiación, para garantizar de este modo el efecto incentivador de las ayudas.
Tipo de financiación:
INSTRUMENTOS FINANCIEROS
Ámbito:
INTERNACIONALIZACIÓN
49 días
Hasta el 25 de julio 2026
Máximo 80.000 euros
Denominación:
Programa de apoyo a las empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalable.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una cuantía máxima por beneficiario en cada convocatoria de 80.000 euros. La intensidad máxima de la subvención podrá ser:
- Empresas con categoría 1 (Empresas de base tecnológica y/o innovadora en tecnología): 70% del gasto subvencionable.
- Empresas con categoría 2 (Empresas con modelo de negocio innovador y escalables): 50% del gasto subvencionable.
La cuantía de la ayuda se calculará en función de los costes elegibles de los proyectos y la antigüedad de la empresa, según lo establecido en el artículo 6 de las bases reguladoras, teniendo en cuenta las limitaciones establecidas en el articulo tercero de la convocatoria.
Beneficiario:
Pymes con forma jurídica, innovadoras con potencial tecnológico y/o escalables cuya actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es)
Que desarrollen las actividades del proyecto subvencionado dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Los proyectos subvencionables podrán ser algunos de los siguientes:
- Proyectos de innovación de producto o proceso.
- Proyectos de inversión productiva.
- Proyectos de digitalización de la gestión y prestación de servicios de la empresa.
- Proyectos de promoción, lanzamiento y posicionamiento de producto o servicio.
- Proyectos de internacionalización de producto o servicio.
Gastos elegibles:
- Costes de personal dedicado al proyecto objeto de subvención, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros.
- Gastos de colaboraciones externas directamente relacionados con el proyecto empresarial: investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, consultoría y servicios equivalentes, servicios de dirección y gestión estratégica del proyecto empresarial prestados por expertos externos, entre otros.
- Costes Indirectos: El 15% a tipo fijo de los costes de personal subvencionables.
- Costes de inversión en activos materiales:
- bienes de equipo nuevos vinculados con el proyecto empresarial (maquinaria, equipos de laboratorio y equipos informáticos).
- No serán subvencionables el mobiliario de oficina, los terrenos, los edificios, la obra civil, vehículos, ni instalaciones técnicas.
- Costes de inversiones inmateriales: Costes relativos a licencias de software vinculados con el proyecto empresarial.
- Gastos de viajes de prospección y asistencia a eventos derivados de desplazamientos de la empresa directamente relacionados con el proyecto subvencionable.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN
55 días
Hasta el 31 de julio 2026
Máximo 10.000 euros
Denominación:
Ayudas para la contratación de servicios de Innovación y Competitividad (Cheque Internacionalizaciión)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 70%, que se incrementará en 15 puntos porcentuales para beneficiarios cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia).
https://www.ris4regiondemurcia.es/actividades-economicas-adscritas-a-la-estrategia-ris4-region-de-murcia/
La cuantía máxima de subvención según el servicio será la siguiente:
INT-01: Servicios profesionales en mercados exteriores -10.000 euros
INT-02: Diagnóstico, estrategia y mejora gestión de la internacionalización- 6.000 euros
INT-03: Acceso a mercados públicos internacionales y compras corporativas globales - 8.000 euros
Catálogo de servicios de innovación y competitividad 2026 - https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto/servlet/DownloadFile?id=2270010
Beneficiario:
PYMES (autónomos y personas jurídicas), de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, que desarrollen las actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Gastos elegibles:
a) Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos de estas bases reguladoras de subvenciones, contratados en su totalidad a proveedores externos para la prestación de los servicios de conformidad con lo previsto en el artículo 1. Se podrán incluir, asimismo, gastos de certificación en normas de calidad o similares de amplio reconocimiento para el servicio solicitado, y costes de investigación contractual destinados de manera exclusiva a actividades de investigación y desarrollo.
b) Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles, aprobados, certificados y comprobados, de la letra anterior.
En ningún caso serán subvencionables aquellos costes recurrentes, permanentes o periódicos, ni que formen parte de los gastos de explotación normales de la empresa.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INTERNACIONALIZACIÓN
55 días
Hasta el 31 de julio 2026
Máximo 700 euros
Denominación:
Fomentar el mantenimiento y continuidad de los trabajadores autónomos en la Región de Murcia
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La cuantía de la subvención a percibir por la persona beneficiaria será la del importe efectivamente pagado por la cuota de autónomos a la Seguridad Social durante el tiempo en situación de incapacidad temporal, con el límite máximo de 700 euros. En caso de incapacidad temporal inferior a dos meses, se calculará el importe correspondiente al período en situación de incapacidad temporal. Solo se podrá conceder una ayuda por trabajador autónomo.
Beneficiario:
a) Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) dentro del sistema de la seguridad Social.
b) Estar empadronado en un municipio de la Región de Murcia. c) Hallarse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
d) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
e) Tener el domicilio fiscal en la Región de Murcia, y tener el centro de trabajo ubicado en la misma.
f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Gastos elegibles:
El hecho objeto de subvención es la realización de una actividad económica por cuenta propia en jornada a tiempo completo que conlleve alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, estando en una situación de incapacidad temporal, y habiendo satisfecho el pago de la cuota de autónomos durante el período en dicha situación, no cubierto por las prestaciones del sistema público.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO