ICO Avales
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Ofertas de financiación propia o de organismos estatales y entidades autónomas
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Ayudas para inversiones productivas y tecnológicas (IPRO) a pymes
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Activado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020: 20.000 millones de euros, divididos en dos subtramos:
PRIMERO
Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.
SEGUNDO
Activado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de abril: 20.000 millones de euros adicionales para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
Las empresas y autónomos tendrán acceso a estos avales a través de sus entidades financieras, mediante la formalización de nuevas operaciones de financiación o renovación de las existentes.
¿PARA QUÉ SIRVE?
Facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, teniendo como objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación.
¿QUÉ ENTIDADES FINANCIERAS PARTICIPAN?
- Entidades de crédito
- Establecimientos financieros de crédito
- Entidades de dinero electrónico
- Entidades de pagos
Deberán estar registradas y supervisadas por el Banco de España y haber suscrito con ICO un contrato marco para participar en la Línea de Avales.
¿CÓMO FUNCIONA?
Los autónomos y empresas interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que suscriban con el Instituto de Crédito Oficial los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de Avales.
¿QUÉ ME FINANCIAN?
Nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y renovaciones de operaciones otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19
¿CUÁLES SON LOS PLAZOS?
Las entidades financieras pueden solicitar el aval para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.
¿CUÁL ES EL IMPORTE MÁXIMO DE LOS PRÉSTAMOS POR CLIENTE QUE PUEDE AVALAR ESTA LÍNEA?
Para préstamos o renovaciones de hasta un máximo de 1,5 millones de euros en una o varias operaciones de préstamo a autónomos y empresas
Para préstamos por encima de 1,5 millones de euros, o para importes inferiores cuando no sea aplicable el régimen de minimis, hasta el máximo establecido en el Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Comisión Europea tanto para autónomos y empresas que reúnan la condición de pyme como para empresas que no reúnan la condición de pyme.
¿CUÁL ES EL PORCENTAJE MÁXIMO DE COBERTURA DEL AVAL?
- En el caso de autónomos y pymes el aval garantizará el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones.
- Para el resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá el 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y el 60% para renovaciones
¿CUÁL ES EL PLAZO DE VIGENCIA DEL AVAL?
- El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación, hasta un máximo de 5 años
INFORMACIÓN
ayudasinfo@info.carm.es
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abiertas
900 700 706 // Whatsapp: 608 454 488
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