Línea Préstamos para el Crecimiento Empresarial
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Ofertas de financiación propia o de organismos estatales y entidades autónomas
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Línea Préstamos para el Crecimiento Empresarial
Ayudas para inversiones productivas y tecnológicas (IPRO) a pymes
Ayudas para inversiones productivas y tecnológicas (IPRO) a autónomos y comunidades bienes
Ayudas para microempresas, autónomos y empresas de economía social
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Financiación Sistema de Garantías Recíprocas (SGR)
- Financiación de otros organismos
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¿Cuál es el objeto?
Apoyos financieros mediante préstamos a Pymes con proyectos de inversión tendentes a mejorar y optimizar las capacidades productivas mediante la modernización y renovación de activos fijos en la empresa, maquinaria avanzada, digitalización, automatización y mejora de procesos, los relacionados con la creación de un nuevo establecimiento y con la ampliación de la capacidad productiva de uno existente, e inversiones relacionadas con el desarrollo de nuevos productos o servicios o mejora de los existentes.
¿Qué me subvencionan?
Préstamos reembolsables desde 25.000 euros hasta 250.000 euros, con ayuda de tipo de interés con carácter de mínimio.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Pymes que revistan forma de sociedades mercantiles.
¿Cuáles son los requisitos?
- Actividad objeto del proyecto se localice en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Tener una antigüedad mínima de 3 años desde la fecha de la escritura de constitución.
¿Cuáles son los gastos elegibles?
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Adquisición de activos fijos materiales necesarios para acometer el proyecto como son bienes de equipo, instalaciones técnicas, equipos para proyectos de información o datos, instrumental, utillaje, elementos de transporte especial y de viajeros, mobiliario, construcción y obra civil.
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Activos intangibles: aplicaciones informáticas, así como el software especifico necesario para el proyecto y adquisición de propiedad intelectual e industrial, incluyendo licencias de fabricación y patentes.
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Se excluye la adquisición de terrenos e inmuebles.
¿Plazos de ejecución y justificación?
- Las inversiones elegibles podrán iniciarse a partir del día siguiente al de publicación en el BORM de la convocatoria.
¿Cómo solicitarla?
Sólo por vía telemática, vía la Sede Electrónica
Más información
900 700 706
DOCUMENTACIÓN Y ENLACES
abiertas
900 700 706 // Whatsapp: 608 454 488
informacion@info.carm.es