CONVOCATORIA CERRADA

La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ofrece ayudas para la solicitud de patentes en España y en oficinas extranjeras, con el fin de estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o de modelos de utilidad, así como para fomentar la protección de las invenciones nacionales a través de patentes o de modelos de utilidad tanto de las PYMES como de las personas físicas.

¿Quién puede acceder?

Cualquier persona con domicilio en España que reúna uno de los siguientes requisitos:

  • Sea una persona física
  • Sea considerado pequeña o mediana empresa (Pyme)
  • Sea una gran empresa privada
  • Sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector públic

¿Cúanto me subvencionan?

  • Subvenciones a la extensión de una solicitud de una patente o de un modelo de utilidad, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes. Conceptos subvencionables: trámites de solicitud, informe de búsqueda, examen o concesión, anualidades de la EPO (Oficina Europea de Patentes) y validación de patente europea.
  • Subvenciones a las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT (Tratado de Cooperación de Patentes) como trámites de solicitud, búsqueda internacional o examen preliminar.
  • Subvenciones a las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: trámites de solicitud y/o informe del estado de la técnica (IET) para solicitudes de patentes y modelos de utilidad y examen sustantivo para solicitudes de patentes.
  • ¿Cuánto me subvencionan?

Se asignarán unas cuantías de referencia, en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable y que se indican en los Anexos I y II de la Resolución de la convocatoria.La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados en el Anexo I de la Resolución. En caso de que el solicitante sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) o sea una persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.

¿Cuáles son los requisitos?

Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012 para el caso de solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior. Para las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad Españoles, se recibirá subvención si la solicitud de patente o de modelo de utilidad, el examen sustantivo o el Informe sobre el Estado de la Técnica de la solicitud de patente ha sido publicado en el BOPI, durante los años 2020, 2021 y 2022, siempre que no haya recibido subvención en las convocatorias anteriores de estas ayudas.

¿Cómo acceder?

Sólo por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Oficina Española de Patentes y Marcas

Plazos

Del 26 de abril hasta 25 de mayo de 2023

Información

patentes@info.carm.es
968362807